domingo, 20 de mayo de 2007

Los sistemas de responsabilidad penal juvenil en América Latina

Los sistemas de responsabilidad penal juvenil en América Latina
Mary Beloff

Mary Bellof, es profesora de derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, y consultora de UNICEF. Junto a Cillero, García Méndez, Bustos y Tiffer, ha sido una de las constructoras del modelo de responsabilidad, en lo concerniente a los sistemas juveniles latinoamericanos. Gran lectora de Hanna Arendt, sus clases y artículos nos ayudan a una mirada regional del fenómeno de la justicia adolescente y suele encarar con gran acierto y claridad expositiva los nudos críticos de los temas que aborda.
En este paper se refiere a los sistemas de justicia de la región.

"Los sistemas de responsabilidad penal juvenil incorporados en la mayoría de los países de América Latina a partir de los procesos de adecuación parcial o total de las leyes internas a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño han ido
perfeccionándose a partir de la experiencia acumulada y en particular, a partir de que, en la región, la reforma de las leyes relacionadas con las personas menores de 18 años imputadas de la comisión de delitos ha tenido lugar conjuntamente con la discusión
acerca de la reforma de la administración de justicia.

Estos sistemas tratan, a partir del reconocimiento de la condición de sujetos plenos de los niños y jóvenes por el orden jurídico vigente, en particular por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, de vincular al adolescente con su acto infractor a través de diferentes formas e instancias. Excepcionalmente, esa atribución de responsabilidad tiene como consecuencia una reacción estatal coactiva. Aún más excepcionalmente, esa reacción estatal coactiva puede consistir en privación de la libertad.

En definitiva, los sistemas creados en América Latina hasta el momento no son sistemas de justicia juvenil en el sentido en el que tradicionalmente los han entendido el mundo anglosajón y continental europeo. Estos sistemas, a los que se llama de responsabilidad penal juvenil, solo tratan de los jóvenes o adolescentes -como sea que se los defina desde el punto de vista de las edades comprendidas- que lleven a cabo actos
u omisiones descriptos como antecedentes de una sanción penal. En este sentido es importante señalar que pese a los avances que representan las nuevas leyes analizadas más arriba, en general todas incluyen en el sistema delitos y contravenciones."

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